Capturan mal sus datos y les suspenden Becas del Bienestar

Jóvenes que necesitan cobrar sus becas del Bienestar Benito Juárez se han visto  en apuros al serles retenidos pagos actuales y pasados por tener datos mal capturados.

Alumnos de instituciones como el SABES refirieron a medios locales que se han enfrentado a trámites burocráticos y peregrinaje en diferentes sedes del Bienestar como la llamada oficina “aduana” instalada por el Gobierno Federal en el Mercado Allende del Barrio Arriba, donde los becarios tienen que dirigirse para arreglar errores y que se les autorice el pago que les adeudan.

En varios casos se dio que el Personal del Bienestar en Guanajuato no capturó bien los datos de los beneficiarios o no aparecían en el  registro, pese a haberse inscrito previamente.

Algunos otros problemas surgen con madres de familia, quienes intentan tener una manera de cobrar los beneficios, pese a que las tarjetas ya expiraron y llevan más de un año sin entregar nuevos plásticos, o personas provenientes de otros municipios que deben dirigirse a León para realizar trámites que no se pueden efectuar en sus propias ciudades.

Las filas afuera de los Bancos del Bienestar ascendía a las mil personas en la mañana de este jueves por varias cuadras.

¿Sabes cuáles son algunos de los puntos por los que pueden suspender o anular tu Pensión Bienestar?

  • Si existen inconsistencias en los datos personales o en la documentación del derechohabiente
  • Cuando el beneficiario no se presenta a cobrar su pensión durante dos bimestres consecutivos
  • Cuando el derechohabiente aparezca duplicado en el padrón
  • Cuando se detecte alteración o falsificación del documento de medio de cobro de la persona derechohabiente
  • Cuando en el Registro Nacional de Población el beneficiario aparezca en situación de defunción (se debe comprobar información)
  • Cuando se realice la compulsa de datos en sitio por el personal de la Secretaría de Bienestar y no puedan localizar al beneficiario o al adulto auxiliar en fechas y horas distintas hasta en dos ocasiones consecutivas
  • Cuando se identifique la realización de cobros simultáneos o indebidos
  • O se identifique la realización de cobros simultáneos o indebidos