14 Sep Perdonan multa a Samuel por mensajes de su esposa
Ciudad de México.- La sala superior del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sanción de INE por los mensajes en redes sociales de Mariana Rodríguez, considerada como “influencer” y esposa del hoy Gobernador electo de Nuevo León, Samuel García, ya que estos fueron espontáneos al amparo de su libertad de expresión y su vinculo matrimonial.
A propuesta del Magistrado ponente Indalfer Infante, los Magistrados aprobaron por unanimidad el proyecto que señala que la libertad de expresión en redes sociales tiene un principio de espontaneidad y esto no fue desvirtuado por el INE.
Los mensajes difundidos en las redes sociales, entre el 5 de marzo y el 2 de junio, por parte de Mariana Rodríguez son una expresión de libertad de expresión, del libre desarrollo de la personalidad y de un apoyo espontáneo derivado además del vínculo matrimonial.
Este vínculo matrimonial, añade, “implica un acompañamiento connnatural a este tipo de unión”.
“Se modifica la resolución impugnada () se deja sin efecto la vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE y todos los actos derivados de la misma”, señala la sentencia aprobada este martes en sesión pública.
Los mensajes difundidos, si bien están también relacionados con diversos actos de campaña del candidato, se aprecian en un contexto natural de esposa de un candidato, dentro de la vida personal, sin que se advierta algún tipo de producción o participación de profesionales de video, pues en general son “selfies”, se añade.
La autoridad fiscalizadora no desvirtuó la presunción de espontaneidad de los mensajes de la esposa del hoy Gobernador electo, señala la sentencia.
“No se trata de una cuestión cuantitativa; no se puede poner un límite para decir que no son mensajes espontáneos () en este caso debe tomarse en cuenta el vínculo matrimonial, las manifestaciones de apoyo tienen un carácter de auténtico afecto, solidaridad y apoyo mutuo como parte de un proyecto de vida común”, detalló el Magistrado Infante.
El INE había impuesto el 22 de julio una multa de 55 millones 470 mil pesos a Movimiento Ciudadano (MC) y a Samuel García por 448 mil 996 pesos, por no considerar que los mensajes en redes sociales de Mariana Rodríguez constituyeron una aportación en especie de un posible ente prohibido en favor del entonces candidato de ese partido Samuel García, que no fue reportado a la autoridad electoral para su fiscalización.
Los Magistrados, sin embargo, confirmaron la sanción impuesta al partido por la aparición de Mariana Rodríguez en un vídeo con cantantes profesionales por tener características diferentes (“Arrancando Nuevo León).
El Magistrado ponente Infante compartió un estudio que sustentó su proyecto sobre el papel de las redes sociales en distintos ámbitos de la vida personal, profesional y política de los ciudadanos, sobre todo en la última década en lo que se conoce como una nueva era digital, o bien una sociedad de la información.
Se refirió al fenómeno de una nueva “ciudadanía digital” y por lo tanto el análisis de estas conductas en redes sociales deben ser consideradas dentro de un análisis integral.
No se pudo demostrar que se haya pagado o que se haya recibido una prestación en dinero o en especie por este tipo de mensajes; hay ausencia de elementos de mercantilización en la fiscalización que se hizo, indicó.
El Magistrado Infante dijo que el uso de una red social y la actuación de una influencer no son idóneas para demostrar la falta de espontaneidad en sus publicaciones, pues es algo que ha hecho además en la última década, en donde si bien tiene una marca comercial en sus mensajes comparte asuntos personales y familiares.
“No se trata de una cuestión cuantitativa, no se puede poner un límite para decir que no son mensajes espontáneos () en este caso debe tomarse en cuenta el vínculo matrimonial , las manifestaciones de apoyo tienen un carácter de auténtico afecto, solidaridad y apoyo mutuo, como parte de un proyecto de vida común” .